ACTO RECLAMADO. HECHOS NEGATIVOS O ABSTENCIONES. CARGA DE LA PRUEBA QUE NO CORRESPONDE AL QUEJOSO.
Si bien es cierto que normalmente la carga de la prueba de las violaciones que se atribuyen a las responsables corresponde al quejoso, salvo cuando el acto reclamado es violatorio de garantías en sí mismo, también lo es que dicha regla admite una excepción: cuando la violación se hace consistir en hechos de carácter negativo o abstenciones por parte de las autoridades responsables, caso en que la carga de la prueba de la legalidad de sus actos corresponde a éstas y no al quejoso la de su ilegalidad, pues es principio aceptado por nuestro derecho que los hechos negativos o abstenciones no son materia de prueba y que el que niega no está obligado a probar su negativa, salvo que la misma implique la existencia una afirmación susceptible de probarse por cualquiera de los medios que la ley establece.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818571-18061e8f/acto-reclamado-hechos-negativos-o-abstenciones-carga-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ACTO RECLAMADO, NEGACION DEL. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, CONSTITUCIONALIDAD DEL. CARGA DE LA PRUEBA. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO NEGATIVO. LA AUTORIDAD RESPONSABLE DEBE COMPROBAR QUE CUMPLIO LOS REQUISITOS QUE SE LE RECLAMAN. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, NEGATIVA DEL ACTO POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, LEGITIMIDAD DEL. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis