EJECUCIÓN, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE, EN EL CÓDIGO FISCAL. SOBRESEIMIENTO DEL AMPARO CONTRA SU INCONSTITUCIONALIDAD.-
Si se reclama la inconstitucionalidad de los artículos 108 a 156 del Código Fiscal de la Federación, que en lo fundamental comprenden la totalidad del procedimiento administrativo de ejecución, y lo que considera la promovente que le causa lesión es, en sí, la tramitación del propio procedimiento que considera violatorio de garantías, pues estima que la sola procedencia y trámite implican que la autoridad administrativa ejerza actos de molestia y aun de privación de bienes sin que medie arbitrio judicial, apoyándose en esta razón para afirmar que son inconstitucionales los preceptos impugnados, es evidente que, si no combate en el amparo el embargo de bienes que ocurrió y señala únicamente como acto reclamado la intervención con cargo a la caja, que es una actuación posterior al embargo, dentro del procedimiento de ejecución, la quejosa ha consentido la prenombrada ley combatida, actualizándose, de esta suerte, la causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción XI, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/901648-19bf2522/ejecucion-procedimiento-administrativo-de-en-el-codigo-fiscal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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