EMBARGOS FISCALES, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LOS.
Contra el acto consistente en el embargo de bienes, por adeudos fiscales, procede el juicio de contención, conforme al artículo 160, fracción V, inciso 3o., del Código Fiscal de la Federación, en el que las Salas tienen facultad para suspender el procedimiento, o sea, la ejecución, conforme al artículo 163 del mismo ordenamiento, y por tanto, el amparo que se promueva contra actos de esa naturaleza, es improcedente, de acuerdo con la fracción XV del artículo 73 de la Ley de Amparo, en atención a que se cumple el requisito sobre suspensión. Ahora bien, si en las tercerías no ocurre lo mismo, ello se debe a que es un procedimiento previo a la contención, pero la resolución que en ellas recaiga y que es la que debe ser contenida formalmente, sí es materia de suspensión. Debe agregarse que la entrega de los bienes secuestrados al depositario nombrado y el cobro de rentas, no es más que una consecuencia del procedimiento del embargo, que tendría su reparación en el juicio de contención mencionado, lo mismo que el acto consistente en la inscripción del referido secuestro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351913-2871d491/embargos-fiscales-recurso-que-debe-agotarse-previamente-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EMBARGOS FISCALES, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LOS. (s/clave)
- EMBARGOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE. (s/clave)
- EMBARGOS FISCALES, DEVOLUCION DE LOS BIENES SECUESTRADOS. (s/clave)
- IMPUESTOS. (s/clave)
- EJECUCIÓN, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE, EN EL CÓDIGO FISCAL. SOBRESEIMIENTO DEL AMPARO CONTRA SU INCONSTITUCIONALIDAD.- (975)
- EMBARGO, SUSPENSION CONTRA EL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis