IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE PRIMERA MANO DE AGUACATE, CHILE, PAPA, JITOMATE, NUEZ, CACAHUATE, LEGUMBRES, ETCÉTERA, QUE SE COBRA EN LAS CASETAS DE VIGILANCIA ESTABLECIDAS EN LAS CARRETERAS. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE HIDALGO PARA EL AÑO DE 1963.-
Tratándose de un impuesto al comercio que no está reservado a la Federación ni prohibido a las entidades federativas por el artículo 117 constitucional, cuyo objeto o hecho generador del crédito fiscal consiste en las operaciones de compraventa de primera mano de los mencionados productos agrícolas, las que se presumen realizadas por el hecho de salir los productos de la finca en que se produjeron, no es inconstitucional dicho impuesto, porque no se grava la salida del territorio del Estado, sino de la finca productora, y los interesados pueden hacer efectivo el pago y cumplir con su obligación fiscal haciendo el integro respectivo directamente en la Tesorería General del Estado y en las Oficinas de Rentas del mismo. No debe confundirse la inconstitucionalidad de un impuesto con la inconstitucionalidad de los procedimientos de cobro que de hecho practiquen las autoridades, pues el impuesto puede ser constitucional en su establecimiento, pero incorrectas las formas de recaudarlo por las autoridades locales. Se trata de actos distintos que deben reclamarse en el amparo correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/901926-207c709b/impuesto-a-las-operaciones-de-compraventa-de-primera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE PRIMERA MANO DE AGUACATE, CHILE, PAPA, JITOMATE, NUEZ, CACAHUATE, LEGUMBRES, ETCETERA, QUE SE COBRA EN LAS CASETAS DE VIGILANCIA ESTABL (s/clave)
- IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE PRIMERA MANO DE AGUACATE, CHILE, PAPA, JITOMATE, NUEZ, CACAHUATE, LEGUMBRES, ETCETERA, QUE SE COBRA EN LAS CASETAS DE VIGILANCIA ESTABL (s/clave)
- IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE COMPRA VENTA DE PRIMERA MANO DE AGUACATE, CHILE, PAPA, JITOMATE, NUEZ, CACAHUATE, LEGUMBRES ETC., QUE SE COBRA EN LAS CASETAS DE VIGILANCIA ESTABLECID (s/clave)
- IXTLE, IMPUESTO SOBRE EL (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI). (s/clave)
- CACAHUATE, IMPUESTO A COMPRADORES DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (s/clave)
- INGRESOS MERCANTILES, LIMITACIONES DE LOS ESTADOS PARA IMPONER IMPUESTO SOBRE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis