IMPUESTO INCONSTITUCIONAL DE PATENTE.-
Si el gobierno de un Estado establece una contribución cuyo monto se gradúa en proporción al volumen total de los ingresos incluyendo los obtenidos en virtud de exportaciones, es indiscutible que se están gravando las operaciones de exportación, y que se hace recaer el tributo aunque sea en forma indirecta, sobre la salida de mercancías violándose así los artículos 117, 118, 131 y demás relativos de la Constitución Federal de la República.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/901942-55590956/impuesto-inconstitucional-de-patente-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9465/46.-Compañía Vinícola de Orizaba, S.A.-24 de febrero de 1947.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Manuel Bartlett Bautista.-Relator: Agustín Téllez López.
Informe 1947, Quinta Época, página 60, Segunda Sala.
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