PAVIMENTACIÓN, LEY DE, PUBLICADA POR DECRETO NÚMERO 54 DE 29 DE MAYO DE 1945 Y PROMULGADA POR LA LEGISLACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA. GARANTÍA DE AUDIENCIA.-
La Ley de Pavimentación no es violatoria de la garantía de audiencia. Las quejosas no deben pretender que las autoridades, para satisfacer la garantía de audiencia, les tomen parecer respecto de si deben o no ejecutar los trabajos de pavimentación de la ciudad de Oaxaca, lo cual equivaldría a que para expedir la ley reclamada, que en su artículo 1o. dispone: "El Ejecutivo del Estado llevará a cabo la pavimentación de la ciudad de Oaxaca, de acuerdo con las posibilidades financieras de que disponga para ello y con la cooperación de los vecinos beneficiados", el Congreso del Estado debió oír a los vecinos de la ciudad, antes de ordenar que la ciudad se pavimentara. Si tal fuera la extensión de la garantía de audiencia, se limitaría la facultad del Poder Legislativo para expedir las leyes que las necesidades sociales y de distinta índole requieren, y por otra parte se paralizaría la actividad de la administración pública en materia de servicios municipales que requiere la colectividad y que debe prestárselos, como en el presente caso se indica en el artículo 1o. de la ley reclamada, de acuerdo con sus posibilidades financieras y con la cooperación de los vecinos beneficiados. El pretendido derecho de audiencia que invocan las quejosas no se encuentra establecido en la Constitución Federal ni en la Constitución del Estado de Oaxaca, y no tiene por tanto ningún fundamento legal en que pudiera apoyarse su pretensión de que se les tomara su parecer para ordenar las obras de pavimentación que dan origen al cobro de los derechos respectivos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/902701-cf7b39ae/pavimentacion-ley-de-publicada-por-decreto-numero-54 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PAVIMENTACION, LEY DE, PUBLICADA POR DECRETO NUMERO 54 DE 29 DE MAYO DE 1945 Y PROMULGADA POR LA LEGISLACION DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA. GARANTIA DE AUDIENCIA. (s/clave)
- COOPERACION, COBRO DE DERECHOS POR. GARANTIA DE AUDIENCIA. (DECRETO NUMERO 54, DE 29 DE MAYO DE 1945, DEL ESTADO DE OAXACA). (s/clave)
- COOPERACIÓN, COBRO DE DERECHOS POR. GARANTÍA DE AUDIENCIA (DECRETO NÚMERO 54, DE 29 DE MAYO DE 1945, DEL ESTADO DE OAXACA).- (769)
- PAVIMENTACIÓN, LEY DE, DEL ESTADO DE OAXACA Y DECRETO NÚMERO 259 DEL CONGRESO DEL ESTADO. NO SON AUTOAPLICATIVOS.- (2027)
- COOPERACION POR PAVIMENTACION, DERECHOS DE (ESTADO DE OAXACA). (s/clave)
- PAVIMENTACION, LEY DE, DEL ESTADO DE OAXACA Y DECRETO NUMERO 259 DEL CONGRESO DEL ESTADO. NO SON AUTOAPLICATIVOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis