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TURISMO. PRUEBA SU INTERÉS JURÍDICO PARA RECLAMAR LA LEY RELATIVA EL QUEJOSO QUE ACREDITA LA PROPIEDAD DE UN ESTABLECIMIENTO NO EXCLUIDO COMO PRESTADOR DE SERVICIOS POR ACUERDO DEL SECRETARIO DEL RAMO.-

Clave: 2829 · Registro digital (IUS): 903502 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 8a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo I, Const., P.R. SCJN; Pág. 1974

El artículo 4o., fracción VI, de la Ley Federal de Turismo dispone que los restaurantes, cafeterías, bares, centros nocturnos y similares, son prestadores de servicios turísticos salvo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 72, sean exceptuados por disposiciones generales expedidas por la Secretaría de Turismo. En consecuencia, si por acuerdo del titular del ramo fueron excluidos, como prestadores de servicios turísticos, únicamente los establecimientos del giro de restaurantes y similares, cuya actividad no está directamente vinculada al turismo por no encontrarse ubicados en los sitios de aforo turístico, debe concluirse que aquellos que acrediten la propiedad de un establecimiento no excluido por el acuerdo, son sujetos de la Ley Federal de Turismo y, por ende, pueden promover amparo en su contra, toda vez que sus disposiciones afectan automáticamente su interés jurídico.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/903502-fc248b60/turismo-prueba-su-interes-juridico-para-reclamar-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 9665/84.-Margarita Domínguez Junco.-17 de enero de 1990.-Unanimidad de diecinueve votos, en cuanto a sobreseer en relación con los artículos 2o., fracción V, 61, en la parte que establece plazo para resolver la autorización de precios y tarifas, y 72 del citado cuerpo legal, por mayoría de dieciocho votos, en lo referente a la negativa del amparo en relación con los artículos 4o., fracción VI, 57, 60 y 61, en cuanto a la obligación de sujetarse a los precios y tarifas autorizados, y con su aplicación, y el Ministro Samuel Alba Leyva votó en contra.-Los Ministros Ulises Schmill Ordóñez y Carlos del Río Rodríguez manifestaron que no estaban conformes con algunas de las consideraciones del proyecto.-Impedimento: Salvador Rocha Díaz.-Ausente: Noé Castañón León.-Ponente: Juan Díaz Romero.-Secretario: Pablo V. Monroy Gómez. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo V, Primera Parte, enero a junio de 1990, página 59, Pleno, tesis P. XXVIII/90.

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