Corpus
Modo: Corpus Pro

ARMAS PROHIBIDAS, PORTACIÓN DE.-

Clave: 311 · Registro digital (IUS): 905252 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 148

No está en lo justo el peticionario de garantías, en cuanto afirma no haber cometido el delito de portación de arma prohibida, aduciendo que la pistola que portaba era para el desempeño de su trabajo como velador en unas bodegas, si dicha arma, de acuerdo con el artículo 11, inciso b), de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, es del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, lo cual implica una prohibición absoluta para su portación, para quien no pertenezca a esas corporaciones.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905252-cd106c0f/armas-prohibidas-portacion-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3840/82.-Jeremías Farrera Flores.-13 de julio de 1983.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos.-Secretario: Tomás Hernández Franco. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 175-180, Segunda Parte, página 11, Primera Sala.

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