CUERPO DEL DELITO, INEXISTENCIA DEL, DECLARADA EN RESOLUCIÓN JUDICIAL.-
Si existe resolución firme diciendo que no hay cuerpo del delito, cualesquiera que sean sus fundamentos tiene alcance total, pues se refiere a una noción impersonal y básica, y favorece a todos los acusados; si el fundamento de la resolución multicitada es endeble o equívoco, nada significa ello, pues es bien sabido que las resoluciones judiciales tienen validez no por los fundamentos que invocan sino por ser un acto de autoridad del Estado y no pueden ser impugnadas sino dentro del sistema que la ley señala. Por tal motivo, existiendo una resolución que declare que no hay cuerpo del delito, debe resolverse que la sentencia que se dicte es violatoria de garantías, puesto que se desentendió de una verdad legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905807-b5796d8d/cuerpo-del-delito-inexistencia-del-declarada-en-resolucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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