Corpus
Modo: Corpus Pro

CUMPLIMIENTO DEL DEBER, EXCLUYENTE DE.-

Clave: 878 · Registro digital (IUS): 905819 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 414

La excluyente que consiste en obrar en cumplimiento de un deber, actúa como consecuencia de los actos necesarios para cumplir con un mandato imperativo de la ley o para disponer de un derecho legal, y siempre que de la realización de dichos actos, resulte la infracción a la ley, aun tratándose de deberes derivados de funciones públicas, dicho deber debe estar consignado en la ley, y los medios de ejecución deben ser adecuados, y sólo puede hacerse uso de la fuerza, cuando su empleo sea de inexcusable necesidad. Ahora bien, tratándose del deber impuesto a la persona privada, huelga decir que el uso de la fuerza no debe elegirse, en tanto exista cualquier medio legal o pacífico para su cumplimiento.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905819-c4dc822b/cumplimiento-del-deber-excluyente-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 2590/47.-Cárdenas Hurtado Germán.-3 de septiembre de 1947.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XCIII, página 2019, Primera Sala.

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