Corpus
Modo: Corpus Pro

DELITO, CONDUCTA NO CONSTITUTIVA DE.-

Clave: 950 · Registro digital (IUS): 905891 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 446

No puede ser delictuosa una conducta en tanto no exista base para declarar que el sujeto de que se trata haya actuado con dolo o culpa. En el Código Penal Federal es el artículo 8o., el precepto que autoriza a sostener ese criterio. Ahora bien, si en el caso bajo examen, las pruebas concurren a acreditar que la conducta del acusado no revistió ninguna forma de culpabilidad, es violatoria de garantías la sentencia que condena al acusado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905891-d9b9f48c/delito-conducta-no-constitutiva-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1511/55.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-7 de mayo de 1956.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXVIII, página 325, Primera Sala.

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