DILIGENCIAS DEL ORDEN PENAL.-
En asuntos del orden penal, no está autorizada la práctica de que se entiendan con el apoderado, las diligencias que con el inculpado deben practicarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906080-719bc393/diligencias-del-orden-penal-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión.-Mayorga Mariano A.-31 de agosto de 1920.-Unanimidad de ocho votos.-Ausentes: Gustavo A. Vicencio, José María Mena y Antonio Alcocer.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo VII, página 863, Pleno.
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