FRAUDE, POSESIÓN DE LOS BIENES MATERIA DEL.-
Tratándose del delito de fraude, consistente en que el acusado, mediante engaño, obtiene se escrituren a su nombre ciertos bienes inmuebles, el hecho de que éstos siempre hayan permanecido en posesión del ofendido, no puede significar la no configuración del delito, dado que al escriturarse a nombre del inculpado los bienes, en ese momento se hizo indebidamente de una cosa, pues es incuestionable que ya podía disponer de ellos en la forma que él estimara conveniente, en virtud de que virtualmente entraron a su patrimonio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906338-98eb4d48/fraude-posesion-de-los-bienes-materia-del-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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