LEGÍTIMA DEFENSA.-
No existen datos que permitan asegurar que el heridor haya provocado la agresión, dando causa inmediata y suficiente para ella, si aun suponiendo que con anterioridad hubiera amenazado a su agresor, pues ese hecho no implica una causa "inmediata".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906587-7f203745/legitima-defensa-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5478/57.-J. Carlos Espinosa Segoviano.-7 de abril de 1958.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen X, Segunda Parte, página 82, Primera Sala.
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