LEGÍTIMA DEFENSA Y RIÑA.-
En la legítima defensa se repele una agresión injusta de los bienes tutelados por el derecho, y quien repele el ataque con los demás presupuestos enumerados en la ley positiva obra justificadamente; la legítima defensa, como aspecto negativo del delito, excluye la antijuridicidad de la conducta del agente, quien al repeler la agresión, obra conforme a derecho. La riña crea en los partícipes un estado antijurídico y aquel que acepta las eventualidades de una contienda, con sus consecuencias lesivas, no puede alegar que ha obrado en legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906621-cbc3f607/legitima-defensa-y-rina-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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