LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
La defensa legítima y la riña se diferencian en que la primera consiste en la repulsión de un ataque cuyas características precisa la ley, y entre las cuales figura la "actualidad" como condición indispensable; en tanto que la riña se caracteriza por la contenida de obra en la que priva por ambas partes el propósito de causarse daños. En esta virtud, si la agresión pierde actualidad, pero es contestada en represalia del daño recibido, no se configura la excluyente de responsabilidad, sino la riña.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802747-2229a3a1/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4922/57. Antonio Aguilar Xopa. 18 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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