MUERTE DEL PROCESADO, SUBSISTENCIA DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO.-
No existe razón legal alguna para sobreseer en el amparo en cuanto a la sanción pecuniaria impuesta al reo quejoso, a pesar de haber fallecido mientras se tramitaba el amparo, y es de tenerse en cuenta que del artículo 91 del Código Penal recibe aplicación en el sentido de que, con toda claridad y sin lugar a interpretaciones, permite admitir que la muerte del acusado da lugar a que se sobresean las sanciones penales en su contra quedando subsistentes tan sólo las concernientes a la reparación del daño. Consecuencia de lo expuesto, es que si la condenación impuesta al extinto procesado para que reparara el daño causado por el delito que cometió, subsistente después de su fallecimiento, resulta obvio afirmar que la resolución que denegó el levantamiento del embargo precautorio trabado en bienes de dicho reo, para responder del pago de esa reparación, en modo alguno puede ser contraventora de la ley, en perjuicio de las garantías individuales de su sucesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906925-c259e340/muerte-del-procesado-subsistencia-de-la-reparacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MUERTE DEL PROCESADO, SUBSISTENCIA DE LA REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO POR LA MUERTE DEL QUEJOSO, EFECTOS DEL, CUANDO FUE CONDENADO A LA REPARACIÓN DEL DAÑO.- (3032)
- SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO POR LA MUERTE DEL QUEJOSO, EFECTOS DEL, CUANDO FUE CONDENADO A LA REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE POR MUERTE DEL AGRAVIADO.- (3034)
- SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE POR MUERTE DEL AGRAVIADO. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO POR FALLECIMIENTO DEL AGRAVIADO EN MATERIA PENAL.- (3037)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis