Corpus
Modo: Corpus Pro

PERITOS NOMBRADOS POR EL ACUSADO.-

Clave: 2200 · Registro digital (IUS): 907141 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 1033

La circunstancia de que los peritos hayan sido nombrados y expensados por el acusado, no debe influir al calificar la prueba pericial, pues equivaldría a suprimir de la ley del enjuiciamiento penal, la potestad que se concede a un procesado para el nombramiento de peritos. Las jurisdicciones a quienes corresponde el análisis de dicha prueba, deben verificar ésta en ausencia de toda consideración respecto de la personalidad del perito y del origen de su nombramiento; pues si el cargo le ha sido discernido dentro del procedimiento que marca la ley, no hay motivo para situarlo en grado inferior respecto de los peritos expensados por el Estado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907141-0904d8cc/peritos-nombrados-por-el-acusado-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 775/38.-Baca Aguilera José Antonio.-1o. de julio de 1938.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LVII, página 11, Primera Sala.

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