PILLAJE, CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE, Y NO DEL DE MALVERSACIÓN. CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR.-
Se acredita el delito de pillaje previsto y sancionado por el artículo 325 del Código de Justicia Militar, si el acusado, valiéndose de su posición en el Ejército, a través de un subalterno se hizo entregar un bien del dominio ajeno; siendo inexacto que el aplicable sea el artículo 241 del Código de Justicia Militar, que prevé el delito de malversación, porque éste se refiere a efectos pertenecientes al Ejército o a los individuos que lo acompañen; además de que, para malversarse, los efectos deben obrar en poder del sujeto activo; pero no afectar bienes de particulares no acompañantes de los elementos del Ejército, por lo que es correcta la aplicación del artículo 325 del ordenamiento legal invocado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907151-444522aa/pillaje-configuracion-del-delito-de-y-no-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PILLAJE, CONFIGURACION DEL DELITO DE, Y NO DEL DE MALVERSACION. CODIGO DE JUSTICIA MILITAR. (s/clave)
- PILLAJE, CONFIGURACION DEL DELITO DE (CODIGO DE JUSTICIA MILITAR). (s/clave)
- PILLAJE, CONFIGURACION DEL DELITO DE. CODIGO DE JUSTICIA MILITAR. (s/clave)
- PILLAJE, CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE. CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR.- (2209)
- PILLAJE, DELITO DE (LEGISLACION DE JUSTICIA MILITAR). (s/clave)
- PILLAJE, HABITANTES DEL LUGAR, PARA LOS EFECTOS DEL DELITO DE (LEGISLACIÓN MILITAR).- (2213)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis