PREMEDITACIÓN, CALIFICATIVA DE.-
La significación jurídica del término premeditación, dista mucho de su significado gramatical; de hecho, todos los actos volitivos en sujetos normales, sean actos lícitos o ilícitos, se verifican previa deliberación aun cuando en ocasiones sea muy breve; el sujeto siempre reflexiona, aunque sólo sea momentáneamente, antes de ejecutar un acto determinado; pero la premeditación jurídica no puede encerrarse dentro de límites tan estrechos; requiere que el agente medite reflexivamente y persista en su designio deliberado de ocasionar un daño. El arrebato súbito, del que se provee de un arma y va en busca de su víctima y la hiere o la mata, corresponde a una actitud diametralmente opuesta a aquella que adoptaría un delincuente que medita con frialdad el acto que va a ejecutar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907182-a45e3b9d/premeditacion-calificativa-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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