ROBO COMETIDO POR EL VENDEDOR EN CASO DE VENTA EN ABONOS.-
Si en autos se comprobó que el acusado vendió al ofendido los muebles y enseres de un negocio en determinada cantidad de dinero para pagarla en abonos mensuales y aunque en el contrato se dice que el inculpado se compromete a vender al ofendido los muebles y enseres del local, el contrato es de compraventa, porque según la ley la compraventa se perfecciona por el solo hecho de haberse convenido en la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho, por ello la propiedad se transmite al comprador, aunque la venta haya sido en abonos, porque para que se reserve la propiedad el vendedor hasta que esté pagado el precio, se necesita que se haga constar esa condición precisamente en el contrato; por lo que si el acusado se apodera de los enseres y muebles que fueron materia del contrato de compraventa, sin el consentimiento del propietario o del que podía disponer de ellos con arreglo a la ley, comete el delito de robo, y la sentencia que se dicte al declarar justificado el cuerpo del delito y la responsabilidad del procesado se ajusta en todo a la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907640-e83957db/robo-cometido-por-el-vendedor-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ROBO COMETIDO POR EL VENDEDOR EN CASO DE VENTA EN ABONOS. (s/clave)
- ROBO. (s/clave)
- ROBO EN TIENDAS DE AUTOSERVICIO.- (695)
- ROBO EN TIENDAS DE AUTOSERVICIO. (718)
- ROBO EN TIENDAS DE AUTOSERVICIO. (I.2o.P. J/25)
- DELITO DE ROBO, INEXISTENCIA DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis