ROBO ENTRE CÓNYUGES.-
Tratándose del delito de robo que se persigue de oficio y no existiendo comprobación legal del carácter de cónyuge de la ofendida, es indudable que no debe declararse extinguida la acción penal, cuando media perdón de ésta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907729-7af33b13/robo-entre-conyuges-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1393/61.-Adalberto Guerrero Abad.-10 de julio de 1961.-Cinco votos.-Ponente: Ángel González de la Vega.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XLIX, Segunda Parte, página 90, Primera Sala.
Jurisprudencia relacionada
- ROBO ENTRE CONYUGES. (s/clave)
- DELITOS QUE SE PERSIGUEN DE OFICIO (ROBO). (s/clave)
- ROBO. PARTICIPACION DELICTUOSA. (s/clave)
- ROBO ENTRE CONYUGES. (s/clave)
- ROBO, PARTICIPACION EN EL. (s/clave)
- ROBO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis