VEHÍCULOS. IMPRUDENCIA.-
Aunque la falta de licencia para manejar constituye en principio una presunción desfavorable al reo, por colocar su actividad inicial en contravención a lo dispuesto en el Reglamento de Tránsito del Estado, no resulta suficiente, sin embargo, para deducir que el resultado de privación de la vida del menor ofendido le sea imputable a título de imprudencia o culpa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908190-8c914edb/vehiculos-imprudencia-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2209/60.-Carmen López Gerónimo.-25 de julio de 1960.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Juan José González Bustamante.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XXXVII, Segunda Parte, página 184, Primera Sala.
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