COMISIONISTA, CUÁNDO INCURRE EN ABUSO DE CONFIANZA.-
Cuando se celebra un contrato de comisión mercantil a virtud del cual se entregan determinados bienes para su venta; a fin de tener como responsable del delito de abuso de confianza al comisionista, es necesario que al concluir la comisión, hecha la liquidación de cuentas y requerido para que haga entrega del saldo de su cuenta, no lo verifique.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908916-843063d2/comisionista-cuando-incurre-en-abuso-de-confianza-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 84/95.-Federico León Pérez.-9 de marzo de 1995.-Unanimidad de votos.-Ponente: Norma Fiallega Sánchez.-Secretaria: Paulina Negreros Castillo.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, mayo de 1995, página 349, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.3o.1 P.
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