DEPOSITARIO, DISPOSICIÓN DE BIENES EMBARGADOS POR SU, CONFIGURACIÓN DEL DELITO.-
Si bien es cierto que los delitos equiparados al de abuso de confianza participan, en lo general, de los elementos constitutivos de aquél, también lo es que la figura que se hace consistir en la disposición del bien embargado por parte del depositario, no requiere para su persecución, de un requerimiento previo de devolución, pues tal figura se configura con la simple disposición, aun cuando posteriormente pueda recuperarse para su entrega.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/909247-2c34f762/depositario-disposicion-de-bienes-embargados-por-su-configuracion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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