LESIONES, OMISIÓN MÉDICA EN EL TRATAMIENTO DE UNA ENFERMEDAD, NO CONSTITUTIVA DEL DELITO DE.-
Las lesiones a que se refiere el artículo 288 del Código Penal, deben producirse necesariamente por una causa externa, tal como lo dispone el citado precepto y no ser consecuencia de la falta de atención de una enfermedad, toda vez que la omisión negligente en que incurrió el quejoso, al no atender correctamente a la hoy occisa, que estaba bajo su responsabilidad médica, no trajo como consecuencia la trombosis mesentérica, que finalmente ocasionó la muerte al pasivo, pues ésta era una enfermedad que padecía la víctima antes de la intervención quirúrgica que se le practicó, siendo por tanto inexacto que se trate de una conducta por omisión que produjera lesiones.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/909727-19859c1e/lesiones-omision-medica-en-el-tratamiento-de-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LESIONES, OMISION MEDICA EN EL TRATAMIENTO DE UNA ENFERMEDAD, NO CONSTITUTIVA DEL DELITO DE. (s/clave)
- LESIONES Y HOMICIDIO. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA. (s/clave)
- QUERELLA. LA FALTA DE ÉSTA EN LOS DELITOS EXPRESAMENTE SEÑALADOS POR LA LEY, IMPIDE AL MINISTERIO PÚBLICO EJERCITAR ACCIÓN PENAL.- (5438)
- LESIONES, FALTA DE CERTIFICADO MEDICO DEFINITIVO. (s/clave)
- QUERELLA. LA FALTA DE ESTA EN LOS DELITOS EXPRESAMENTE SEÑALADOS POR LA LEY, IMPIDE AL MINISTERIO PUBLICO EJERCITAR ACCION PENAL. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD MEDICA Y TECNICA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis