NON BIS IN IDEM. CUÁNDO NO SE VIOLA EL PRINCIPIO DE.-
No puede decirse jurídicamente que exista violación al segundo de los supuestos que consagra el artículo 23 constitucional, que se refiere a que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, por el hecho o circunstancia de que a una persona se le instruyen dos procesos por ilícitos de la misma naturaleza, si del material probatorio existente se justifica que ambos se cometen en actos distintos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/909920-fd1d47f8/non-bis-in-idem-cuando-no-se-viola · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9/93.-José Gaudencio Zavala Núñez.-27 de mayo de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Hugo Arturo Baizábal Maldonado.-Secretario: Eusebio Gerardo Sanmiguel Salinas.
Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XII, julio de 1993, página 251, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XII.2o.13 P.
Jurisprudencia relacionada
- NON BIS IN IDEM. CUANDO NO SE VIOLA EL PRINCIPIO DE. (s/clave)
- NON BIS IN IDEM. VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE. (I.3o.P.35 P )
- NON BIS IN IDEM. VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE.- (4982)
- NON BIS IN IDEM. RESOLUCIONES COMPLEMENTARIAS QUE NO VIOLAN EL ARTICULO 23 CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- NOS BIS IN IDEM. (s/clave)
- NON BIS IN IDEM. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis