PREFERENCIA DE PASO A LOS VEHÍCULOS DE EMERGENCIA.-
Aun cuando el Reglamento de Tránsito para el Distrito Federal prevé que los vehículos de emergencia, como son las ambulancias, patrullas, bomberos, etc., tienen preferencia de paso, ésta no se ha de entender como un derecho de pista que autorice a sus conductores a lanzar sus vehículos sobre los transportes de otros conductores que ocasionalmente llegan a encontrarse a su paso, ya que esta preferencia de paso que asigna a los vehículos de emergencia no es ilimitada sino que deben atender a las reglas de la prudencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/910286-d49632ba/preferencia-de-paso-a-los-vehiculos-de-emergencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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