TRASLACIÓN DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES DE UNA SUCESIÓN, POR COMPRAVENTA. EL IMPUESTO DEBE CUBRIRSE AUN CUANDO NO SE HAYA EFECTUADO LA PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES A LOS HEREDEROS.-
Si el inmueble materia de un contrato de compraventa es propiedad de la sucesión a bienes de determinada persona, representada por el albacea y en este supuesto opera la primera traslación de dominio, el supuesto sucesorio a que se contrae el artículo 444, fracción VI, de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, se causa y debe cubrirse, independientemente de que no se haya efectuado la partición y adjudicación de los bienes que conforman el acervo hereditario, a cada uno de los herederos, puesto que del texto del numeral invocado adviértese que en él no se consigna excepción alguna en el sentido de que el impuesto cuestionado sólo se cause hasta el momento en que los bienes de una sucesión se hayan adjudicado a los herederos y, la segunda traslación de dominio opera en virtud de haberse celebrado un contrato de compraventa entre la sucesión como vendedora y una persona física como compradora, causándose el impuesto relativo conforme a lo dispuesto por el artículo 444, fracción I, de la Ley de Hacienda del Distrito Federal.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/912775-389e00ce/traslacion-de-dominio-de-bienes-inmuebles-de-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRASLACION DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES DE UNA SUCESION, POR COMPRAVENTA. EL IMPUESTO DEBE CUBRIRSE AUN CUANDO NO SE HAYA EFECTUADO LA PARTICION Y ADJUDICACION DE LOS BIENES A LO (s/clave)
- TRASLACION DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES, IMPUESTO SOBRE LA. (s/clave)
- TRASLACION DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES, IMPUESTO SOBRE. (s/clave)
- TRASLACIÓN DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES, IMPUESTO SOBRE.- (1211)
- HERENCIAS, LA CESION DE DERECHOS RELATIVOS A, CAUSA EL IMPUESTO DE TRASLACION DE DOMINIO. (s/clave)
- IMPUESTOS. CUANDO DEBEN EMPEZAR A COBRARSE, TRATANDOSE DE LA ADQUISICION DE INMUEBLES, POR PRESCRIPCION POSITIVA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis