ABOGADOS. FUNCIÓN TÉCNICA CONSULTIVA DE LOS, INDEPENDENCIA DE LA, RESPECTO DEL CLIENTE.-
La función técnica consultiva del licenciado en derecho, por su naturaleza, no es susceptible de sujetarse por regla general, a instrucciones de su mandante, salvo que también éste sea un jurisperito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913609-0849d9ff/abogados-funcion-tecnica-consultiva-de-los-independencia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4961/57.-Maquinaria e Implementos, S. de R.L. de C.V.-29 de julio de 1960.-Cinco votos.-Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XXXVII, Cuarta Parte, página 17, Tercera Sala.
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