DERECHO DE PROPIEDAD.-
El derecho de propiedad, como cualquier otro derecho, puede ser protegido mediante el juicio constitucional, si al atacársele se vulneran las garantías consagradas por la Carta Magna y se le priva al quejoso de su derecho, no solamente sin formalidad alguna, sino, más aun, pasando por encima de una resolución judicial que constituye cosa juzgada y verdad legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913770-87553e21/derecho-de-propiedad-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 6766/59.-Julia Jiménez.-10 de marzo de 1960.-Cinco votos.-Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XXXIII, Tercera Parte, página 19, Segunda Sala.
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