TESTIGOS, PRUEBA DE.-
Si al recibir el juzgador la prueba testimonial, no preguntó a los testigos si tenían o no, interés en el asunto, o amistad o enemistad con las partes, o si eran parientes de las mismas, tal deficiencia no es imputable al oferente de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/914085-0ca7a5b9/testigos-prueba-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 480/41.-Gómez Alfredo.-19 de junio de 1941.-Unanimidad de cinco votos.-Relator: Hilario Medina.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Cuarta Parte, Volumen 42, página 103, tesis de rubro "PRUEBA TESTIMONIAL, DEFICIENCIAS EN LA RECEPCIÓN DE LA, NO IMPUTABLES AL OFERENTE.".
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXVIII, página 2559, Tercera Sala.
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