PAGARÉ SUSCRITO POR PERSONA MORAL. REQUISITOS.-
Del numeral 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, se advierte que el pagaré debe contener la firma del suscriptor, o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. No hay lugar a duda cuando el suscriptor mismo firma el documento, pero cuando lo hace por él un tercero, en armonía con los artículos 8o., 9o. y 10 de la misma ley, resulta indispensable que además de la firma del representante, sea patente el nombre de éste, y cuando la obligada sea persona moral, además, debe constar el carácter -gerente, administrador, etcétera- de quien firma el documento, pues ello representa la única forma de dar autenticidad a la voluntad de aceptar el título de crédito.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/914815-51e6f243/pagare-suscrito-por-persona-moral-requisitos-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PAGARÉ SUSCRITO POR PERSONA MORAL. REQUISITOS. (I.4o.C.21 C )
- PAGARÉ. NO ES NECESARIO QUE QUIEN LO SUSCRIBIÓ A NOMBRE DE PERSONA MORAL, ANOTE EL CARÁCTER O CALIDAD CON QUE LA REPRESENTA.- (59)
- PAGARÉ. NO ES NECESARIO QUE QUIEN LO SUSCRIBIÓ A NOMBRE DE PERSONA MORAL, ANOTE EL CARÁCTER O CALIDAD CON QUE LA REPRESENTA. (1a./J. 54/2001 )
- PAGARÉ. NO ES NECESARIO QUE QUIEN LO SUSCRIBIÓ A NOMBRE DE PERSONA MORAL, ANOTE EL CARÁCTER O CALIDAD CON QUE LA REPRESENTA. (658)
- PAGARÉ, SUSCRIPCIÓN DE, EN NOMBRE DE PERSONAS MORALES.- (1205)
- PAGARE, SUSCRIPCION DE, EN NOMBRE DE PERSONAS MORALES. (XXI.2o.43 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis