ACCIDENTE FUERA DEL LUGAR DEL TRABAJO. RIESGO NO INDEMNIZABLE.-
Si el accidente se verifica en lugar distinto del señalado al trabajador para el desempeño de sus labores, y en el momento que deberían estarse desarrollando y, además, la ausencia del obrero implica incumplimiento de estipulaciones contractuales, no puede admitirse la existencia de tal riesgo.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 8210/44.-Rodríguez viuda de Ramos Tiburcia.-28 de febrero de 1945.-La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Informe de 1945, Quinta Época, página 49, Cuarta Sala.
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