Corpus
Modo: Corpus Pro

CONFLICTOS DE ORDEN ECONÓMICO, PRUEBA PERICIAL EN LOS.-

Clave: 104 · Registro digital (IUS): 916542 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, P.R. SCJN; Pág. 62

Si los peritos designados en el conflicto de orden económico, concluyeron en su dictamen, que la negociación actora, de acuerdo con su estado económico, era incosteable, y la Junta responsable mandó poner dicho dictamen a la vista de los trabajadores, por setenta y dos horas, para que hicieran las objeciones y observaciones que estimaran pertinentes, sin que los propios trabajadores hicieran valer objeción alguna, debe estimarse que se conformaron tácitamente con el dictamen pericial, y si la Junta basó en éste su laudo, obró correctamente, por lo que procede negar el amparo solicitado por los obreros, en contra del mismo laudo, amparo en el cual pretendan aducir objeciones al dictamen, que no hicieron valer en su oportunidad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916542-8ecef014/conflictos-de-orden-economico-prueba-pericial-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 5642/42.-Sindicato Único de Empleados de Restaurantes, Cafés y Similares de Mérida, Yucatán.-7 de junio de 1943.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Antonio Islas Bravo.-Relator: Roque Estrada. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXVI, página 4160, Cuarta Sala.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.