CONTRATO DE TRABAJO, INEXISTENCIA DEL.-
El hecho de demostrar que una persona hace el aseo del lote de un tercero, en donde vive sola, no puede establecer la existencia de un contrato de trabajo, porque en esto no se encuentra la primera característica de la relación laboral, o sea, el desempeñar un servicio personal en favor de otro. Hacer el aseo de la casa en donde nadie más que el que lo hace habita, constituye una labor doméstica en beneficio propio. Considerar que en tales condiciones existe una prestación de servicios, en los términos de la Ley Federal del Trabajo, que da lugar al pago del salario mínimo, es desvirtuar el espíritu del código laboral, que protege a quien desarrolla una labor en beneficio de otro. Aparte de que se estima por nuestra ley que el salario, salvo casos expresamente pactados, remunera toda una jornada de trabajo; de ahí que también resulta inadmisible el que la actora tuviera derecho a un salario porque barría el frente del lote en que ella vivía.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916570-2ba5da7b/contrato-de-trabajo-inexistencia-del-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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