DEPENDENCIA ECONÓMICA, INNECESARIA COMPROBACIÓN DE LA.-
La madre del trabajador fallecido, no está obligada a rendir prueba alguna respecto a su dependencia económica, pues tal dependencia le queda reconocida presuntivamente por la fracción I del artículo 297 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916611-089d9911/dependencia-economica-innecesaria-comprobacion-de-la-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7952/45.-Compañía Real del Monte y Pachuca.-27 de febrero de 1946.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Hermilo López Sánchez.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXXVII, página 1835, Cuarta Sala.
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