DEPENDENCIA ECONOMICA. PRESUNCION QUE ADMITE PRUEBA EN CONTRARIO.
Si bien es cierto que conforme a lo dispuesto por el artículo 297 de la Ley Federal del Trabajo se establece la presunción de ser dependiente económico del trabajador fallecido el ascendiente del mismo, en los términos del mismo precepto dicha presunción admite prueba en contrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275939-5cf0ed5f/dependencia-economica-presuncion-que-admite-prueba-en-contrario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4282/59. Aurora Chávez de Luna. 18 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.
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