PROCEDIMIENTO OBRERO, EMPLAZAMIENTO EN EL.-
Cuando la parte demandada en juicio laboral, interviene en el mismo, durante la secuela del procedimiento, y reclama su falta de emplazamiento, por ser ilegal la notificación por medio de la cual se le llamó al juicio, la sola presentación de la demandada, demuestra que tuvo conocimiento de la demanda presentada en su contra y es suficiente para convalidar el vicio que pudiera tener la notificación por la cual fue emplazada, sin perjuicio de que haga valer el recurso de nulidad de esa notificación, en los términos del artículo 446 de la Ley Federal del Trabajo, pero indudablemente que si no hace valer dicho recurso en el juicio laboral, no puede reclamar en el amparo su falta de emplazamiento, por haber sido ilegal la notificación por virtud de la cual se le llamó al juicio, ya que sabido es que el juicio de amparo no es el medio de obtener la nulidad de una notificación si previamente no se plantea esta cuestión ante la autoridad jurisdiccional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916829-884e6592/procedimiento-obrero-emplazamiento-en-el-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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