TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO INTERINOS, SEPARACIÓN DE LOS.-
Basta que se justifique en autos, que un trabajador al servicio del Estado siempre ocupó el empleo que desempeñaba con el carácter de interino, así como que de su puesto era titular otro trabajador, para que al volver este último a ocupar el puesto relacionado, por los motivos que fueren, quede automáticamente desplazado el trabajador sin responsabilidad de ninguna especie para el Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916971-9b2cd11f/trabajadores-al-servicio-del-estado-interinos-separacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9281/61.-María Eugenia Canseco Pineda.-12 de febrero de 1964.-Cinco votos.-Ponente: Agapito Pozo.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen LXXX, Quinta Parte, página 38, Cuarta Sala.
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