ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, BASES CONTENIDAS EN EL-[TESIS HISTÓRICA].-
Si en la fecha en que ocurrieron los hechos que dieron origen a un conflicto de trabajo, no existía reglamentación ni federal ni local sobre el particular, de acuerdo con el artículo 11 transitorio de la Constitución Federal, y sólo estaban en vigor, en relación con la materia del trabajo, las bases contenidas en el artículo 123 también constitucional, no es violatorio de garantías el laudo que tuvo su apoyo en una de dichas bases.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/917508-28bf1c0b/articulo-123-constitucional-bases-contenidas-en-el--tesis · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1693/33.-El Águila, Cía. Mexicana de Petróleo.-6 de diciembre de 1933.-Cinco votos.-Relator: José López Lira.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXXIX, página 2743, Segunda Sala.
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