ACCIÓN, CAUSA DE LA.-
Por causa debe entenderse el hecho jurídico o material que constituye el fundamento del derecho reclamado o de la excepción opuesta; por tanto, si no obstante la diversidad de dos juicios, en ellos se han exigido las consecuencias de un mismo hecho, debe decirse que en ambos juicios existe la misma causa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/918164-f740926f/accion-causa-de-la-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4159/40.-Castro González Roberto.-11 de marzo de 1940.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: Luis Bazdresch.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXIII, página 3039, Tercera Sala.
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