QUEJA, PRUEBAS EN LA.-
La negativa del Juez de Distrito para conceder en los autos de la queja, la compulsa de constancias y tomar en cuenta los documentos públicos que se le exhiben por el quejoso para probar su posesión y que ésta deriva no de actos de la autoridad responsable sino de su propio derecho ejercido por un periodo de más de diez años, viola el procedimiento y por tanto, en virtud de que tales documentos pueden tener notoria influencia en la resolución, debe declararse fundada la queja para el efecto de que el Juez de Distrito revoque la resolución dictada y tome en cuenta las pruebas a que alude el recurrente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/918303-745cecf4/queja-pruebas-en-la-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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