COMPETENCIA. CASO EN QUE CORRESPONDE AL FUERO FEDERAL.-
Cuando en el auto de término constitucional un Juez Federal, dicta formal prisión a varios procesados, estimándolos como copartícipes de un delito del orden federal y otro delito del orden común, y con posterioridad respecto del segundo de esos delitos declina su competencia en relación a uno o algunos de los procesados en favor de un Juez del fuero común, en virtud de haber sobreseído el proceso por el delito citado en primer término, el conflicto competencial que surja de la negativa del citado Juez del fuero común para conocer de la causa respectiva, se debe resolver declarando competente al Juez Federal declinante, porque además de que éste sigue sosteniendo su competencia en relación con los restantes procesados para conocer de ambos delitos, conforme al contenido de los artículos 13 del Código Penal Federal y 473, fracción III, del Código Federal de Procedimientos Penales, es conveniente que un mismo Juez conozca de hechos atribuidos a varios procesados como copartícipes de los mismos, por economía procesal y a fin de no dividir la continencia de la causa y evitar la posibilidad de sentencias contradictorias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/918473-85a22ee9/competencia-caso-en-que-corresponde-al-fuero-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA. CASO EN QUE CORRESPONDE AL FUERO FEDERAL. (1a. XIX/91)
- COMPETENCIA FEDERAL. SUBSISTE LA. AUNQUE POSTERIORMENTE SE ELIMINE EL DELITO FEDERAL CONEXO Y SÓLO PREVALEZCA EL ILÍCITO DEL FUERO COMÚN.- (3980)
- COMPETENCIA. SI EL MINISTERIO PÚBLICO CONSIGNA POR UN DELITO FEDERAL Y EL JUEZ DE DISTRITO DECRETA LIBERTAD POR ÉSTE, PERO DICTA FORMAL PRISIÓN POR UN ILÍCITO DEL ORDEN COMÚN, CORR (66)
- COMPETENCIA PENAL, ENTRE UN JUEZ DEL FUERO COMUN Y UNO FEDERAL. (s/clave)
- COMPETENCIA. DELITOS DE DISTINTO FUERO, JUZGADOS POR UN SOLO TRIBUNAL.- (702)
- COMPETENCIA FEDERAL. SUBSISTE LA. AUNQUE POSTERIORMENTE SE ELIMINE EL DELITO FEDERAL CONEXO Y SOLO PREVALEZCA EL ILICITO DEL FUERO COMUN. (XIX.2o. 39 P)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis