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Modo: Corpus Pro

REVISIÓN ADMINISTRATIVA CONTRA LA DESIGNACIÓN DE JUECES DE DISTRITO. LA FALTA DE NOTIFICACIÓN A LOS PARTICIPANTES EN EL CONCURSO DEL CONTENIDO DEL ACTA FINAL RELATIVA, NO TRANSGREDE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.-

Clave: 14 · Registro digital (IUS): 920248 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice (actualización 2001)
Localización: [TA]; 9a. Época; Pleno; Ap. Act. 2001; Tomo I, P.R. Revisión Administrativa; Pág. 181

El hecho de que no se haya notificado a los interesados el contenido del acta final relativa a la designación de los participantes vencedores de un concurso de oposición libre para la elección de Jueces de Distrito, no viola la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 de la Constitución Federal. Lo anterior es así, porque el procedimiento de selección para tal designación constituye una unidad indivisible y, por tanto, no es factible comunicar a los interesados todas y cada una de las etapas de evaluación para que hagan valer sus derechos porque, por una parte, tal circunstancia retardaría en exceso el dictado del acuerdo correspondiente, en detrimento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Federal, ya que ello produciría que diversos Juzgados de Distrito carecieran de titulares, lo cual perjudicaría la administración de justicia federal; y, por la otra, a partir de la notificación del acuerdo de designación de Jueces de Distrito el recurrente se encuentra en la posibilidad de controvertir tanto la citada determinación como las diversas fases que integraron el concurso de oposición libre a través del medio de defensa procedente, formulando los agravios y presentando las pruebas que a sus intereses convenga.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/920248-25e46a7d/revision-administrativa-contra-la-designacion-de-jueces-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Revisión administrativa (Consejo) 14/2000.-15 de enero de 2001.-Unanimidad de diez votos.-Ausente: Genaro David Góngora Pimentel.-Ponente: Juan Díaz Romero.-Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIII, abril de 2001, página 328, Pleno, tesis P. IV/2001; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, febrero de 2001, página 541.

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