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Modo: Corpus Pro

EVALUACIÓN EN EL DESEMPEÑO LABORAL. ELEMENTOS QUE DEBEN TOMARSE EN CUENTA POR PARTE DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.-

Clave: 205 · Registro digital (IUS): 920974 · Tipo: Tesis aislada
Época: 3a. Época · Instancia: Sala Superior · Fuente: Apéndice (actualización 2001)
Localización: [TA]; 3a. Época; Sala Superior; Ap. Act. 2001; Tomo VIII, P.R. Laboral; Pág. 249

Del contenido del artículo 234 del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral, que establece que el sistema de evaluación deberá funcionar sobre la base de merecimientos objetivos, se infiere que, en la práctica de la evaluación de que se viene hablando, deben señalarse de manera clara los elementos que se tengan en consideración para emitir el juicio de valor en torno a la constancia, aptitud, actitud, eficiencia y eficacia, observadas por el evaluado en el desempeño de sus labores, estableciéndose las circunstancias de tiempo, modo y lugar atinentes a los subfactores que componen tales conceptos, a saber, de antigüedad, asistencia y puntualidad, por lo que ve a la constancia; del conocimiento de las funciones a desarrollar, de objetividad, criterio y necesidades de supervisión, en lo que atañe a la aptitud; de la colaboración, discreción, trabajo en equipo, disciplina y relaciones interpersonales en lo que se refiere a la actitud; de oportunidad, impacto, calidad del trabajo realizado, honradez en la aplicación de recursos y servicios relevantes personales en lo atinente a la eficiencia; así como de la obtención de las metas programadas y ejecución en el período programado en relación con la asistencia, por lo que importa a la eficacia; pues de no proceder así, la evaluación debe estimarse arbitraria, en aquellos aspectos en que no se califique con objetividad, debiéndose en tal caso, atender a la puntuación más alta que se otorgue por cada concepto evaluado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/920974-7d6b215b/evaluacion-en-el-desempeno-laboral-elementos-que-deben · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral. SUP-JLI-016/2001.-Otilia Rodríguez González.-10 de julio de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.-Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores. Revista Justicia Electoral 2002, Tercera Época, suplemento 5, página 69, Sala Superior, tesis S3LA 004/2001.

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