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AUTORIDAD RESPONSABLE. EL AUXILIAR DICTAMINADOR DE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE NO TIENE TAL CARÁCTER, CUANDO SE RECLAMA LA OMISIÓN EN EL DICTADO DEL PROYECTO DE LAUDO.-

Clave: 21 · Registro digital (IUS): 922260 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. Act. 2002; Tomo V, Trabajo, P.R. TCC; Pág. 112

De conformidad con lo establecido por los artículos 888 y 889 de la Ley Federal del Trabajo, la discusión y votación del proyecto de laudo, así como su aprobación, corresponde a los integrantes de la Junta, por lo que al dictaminador o proyectista no se le puede imputar la omisión en el dictado del proyecto de laudo, pues el citado secretario auxiliar únicamente tiene el carácter de subalterno de los miembros de la Junta y, por consiguiente, no realiza funciones que encuadren en las previstas por el artículo 11 de la Ley de Amparo, pues el citado funcionario, por su calidad de subalterno, recibe órdenes de los integrantes de la Junta y, por ende, su actuación está desprovista de imperio y decisión, excluyéndolo así del carácter de autoridad responsable, pues en el numeral invocado se establece: "Es autoridad responsable la que dicta, promulga, publica, ordena, ejecuta o trata de ejecutar la ley o el acto reclamado.".

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/922260-621af24d/autoridad-responsable-el-auxiliar-dictaminador-de-la-junta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 447/2000.-Anatolio Joaquín Ruiz Martínez.-25 de octubre de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero.-Secretario: Miguel Negrete García. Amparo en revisión 432/2000.-Pascual Huitrado Bustamante.-7 de noviembre de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Pablo Camacho Reyes.-Secretario: José Enrique Guerrero Torres. Amparo en revisión 479/2000.-Luis Herrera Salas.-9 de noviembre de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Pablo Camacho Reyes.-Secretaria: María del Pilar Aspiazu Gómez. Amparo en revisión 478/2000.-Rafael Reséndiz Mota.-14 de noviembre de 2000.-Mayoría de votos en lo relativo al acto atribuido al auxiliar dictaminador; unanimidad de votos respecto del amparo concedido contra los actos reclamados de la autoridad responsable.-Disidente y Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente.-Encargado del engrose: Marco Antonio Arroyo Montero.-Secretario: René Olvera Gamboa. Amparo en revisión 560/2000.-Claudia Elena Ortiz Olivares y otro.-7 de diciembre de 2000.-Mayoría de votos.-Disidente: Sergio Eduardo Alvarado Puente.-Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, febrero de 2002, página 769, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VIII.3o.9 L; véase el voto particular en la página 770 de dicho tomo.

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