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PUBLICACIÓN DE CARÁCTER TEÓRICO DE LOS PARTIDOS Y AGRUPACIONES POLÍTICAS. CARACTERÍSTICAS QUE DEBE CONTENER.-

Clave: 198 · Registro digital (IUS): 922817 · Tipo: Tesis aislada
Época: 3a. Época · Instancia: Sala Superior · Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Localización: [TA]; 3a. Época; Sala Superior; Ap. Act. 2002; Tomo VIII, P.R. Electoral; Pág. 228

La ley electoral federal no establece puntualmente los requisitos que deben cubrir las publicaciones de carácter teórico, al ser los institutos políticos nacionales formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, así como a la creación de una opinión pública mejor informada. En estos términos y para la consecución de los fines impuestos, es que el legislador estimó conveniente establecer la obligación de editar por lo menos una publicación mensual de divulgación, y otra trimestral de carácter teórico, plasmándolo claramente en el artículo 38, párrafo 1, inciso h), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. De esta manera, una publicación que merezca ser calificada de carácter teórico, debe tener sustento en una investigación con rigor científico en el tema de que se trate, y ha de estar apoyada no sólo en hechos o apreciaciones de carácter subjetivo de quien lo realice, sino en conceptos doctrinarios básicos que permitan un análisis profundo y objetivo del problema de que se trate, a la par que concluya con la definición de propuestas concretas al caso, y no en una simple opinión, que en razón de quien la externa, venga a constituir solamente una posición que se adopte ante el mismo. En suma, ha de brindar a quien va dirigido, los elementos objetivos necesarios para que pueda, por sí mismo, conocer una determinada problemática, sus dimensiones y repercusiones, de manera tal que le permitan adoptar una posición propia, coincidente o no con la del editor, como la formación de una conciencia crítica, lo que así colmaría los fines de coadyuvar al desarrollo de la cultura política y la creación de una opinión pública mejor informada, razón por la cual el legislador no sólo impuso la obligación de realizar las publicaciones mencionadas, sino también determinó dotarlas de financiamiento público.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/922817-7196911e/publicacion-de-caracter-teorico-de-los-partidos-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Recurso de apelación. SUP-RAP-024/2000.-Organización Política Uno, Agrupación Política Nacional.-21 de junio de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eloy Fuentes Cerda.-Secretaria: Aidé Macedo Barceinas. Compilación Oficial de Jurisprudencia y Tesis Relevantes 1997-2002, páginas 678-679, Sala Superior, tesis S3EL 123/2002.

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