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Modo: Corpus Pro

COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, COMO UN ÓRGANO SUBORDINADO A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

Clave: 23 · Registro digital (IUS): 1001264 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; Pleno; Apéndice 2011; Tomo I. Constitucional 2. Relaciones entre Poderes Primera Parte - SCJN Primera Sección - Relaciones entre Poderes y órganos federales; Pág. 432

Conforme a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., 11, 17, 26, 31, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o., fracción IV, 4o., fracciones I, V, VII, IX, XVI y XXXVII, 5o., 11, 14, 16, fracción XI y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 7o., 8o., 15, 17 bis, 19, 25, 27, 28, 38, 43, 45-B, 45-C, 46, 49, 50, 51, 53, 76, 87, 88, 89, 96, 97, 102, 106, 113 y 141 de la Ley de Instituciones de Crédito, se advierte que el Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuenta con la facultad de planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario nacional y una parte de esas funciones las desempeña directamente la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como es la inspección y vigilancia de las entidades del sector financiero con excepción de las empresas de seguros y fianzas. Por tanto, la referida comisión, ejerce y está al cuidado de atribuciones que en principio corresponden al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, lo cual se determina por un orden jerárquico que ubica a la citada comisión dentro de la administración pública centralizada, como un órgano subordinado a la Presidencia de la República por conducto de la referida secretaría de Estado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1001264-b3c4fff4/comision-nacional-bancaria-y-de-valores-forma-parte · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Controversia constitucional 26/99.—Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.—24 de agosto de 2000.—Once votos.—Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas.—Secretario: Pedro Alberto Nava Malagón. El Tribunal Pleno, en su sesión pública celebrada hoy veinticuatro de agosto en curso, aprobó, con el número 85/2000, la tesis jurisprudencial que antecede.—México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 963, Pleno, tesis P./J. 85/2000; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 575.

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