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RADICACIÓN DEL JUICIO EN OTRO JUZGADO, POR INCOMPETENCIA. DEBE NOTIFICARSE PERSONALMENTE. REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

Clave: 808 · Registro digital (IUS): 1002874 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Primera Parte - SCJN Sexta Sección - Procedimiento de amparo indirecto; Pág. 897

La nueva radicación de los autos en un Juzgado de Distrito que ha aceptado la competencia que otro le atribuye, debe notificarse a las partes en forma personal, puesto que dicha radicación implica un cambio de jurisdicción por razón de territorio y la reanudación de las actuaciones procesales en el amparo, después de haberse suspendido temporalmente por la cuestión de competencia surgida en el juicio, y en atención a que deben hacerse llegar con certeza al conocimiento de las partes todas aquellas resoluciones de trascendencia para garantizarles la oportunidad de hacer valer sus defensas en tiempo y forma.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1002874-7b4f43b1/radicacion-del-juicio-en-otro-juzgado-por-incompetencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 3678/74.—Gloria Blanca Díaz.—18 de noviembre de 1974.—Cinco votos.—Ponente: Alberto Jiménez Castro. Amparo en revisión 3082/74.—Mario Capitaine Couturier y otros.—25 de noviembre de 1974.—Cinco votos.—Ponente: Antonio Rocha Cordero. Amparo en revisión 1793/74.—Agustín Valerio Arrioja.—8 de enero de 1975.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Amparo en revisión 1973/74.—Sara Navarro Bustamante.—8 de enero de 1975.—Cinco votos.—Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Amparo en revisión 114/75.—Comisariado Ejidal del Poblado Carachurio, Municipio de Zirándaro, Guerrero.—19 de noviembre de 1975.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 84, Tercera Parte, página 37, Segunda Sala. Apéndice 1917-2000, Tomo VII, Conflictos Competenciales, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 307, Segunda Sala, tesis 190.

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